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15 de septiembre de 2021

Plan Estratégico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

La Crisis del COVID-19 ha cambiado de modo drástico el escenario existente en el ámbito tanto social como laboral. A raíz de esta situación, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ha publicado su plan estratégico para los años 2021, 2022 y 2023, y, por consiguiente, su línea de actuación durante este año y próximos años, para dar respuesta a la situación económica provocada por la pandemia, y con ello, el foco principal donde centrará su principal línea de actuación.

En cuanto a sus objetivos estratégicos y medidas de actuación concretas, destacaríamos los siguientes:

Garantizar el pleno y efectivo ejercicio de los derechos laborales y sindicales, luchando contra todo tipo de abuso y fraude en materia laboral a través de las siguientes medidas:

  • El control del abono de los salarios adeudados junto con la exigencia de responsabilidades, así como de los excesos y/o la no declaración de las horas extraordinarias junto con el cumplimiento de los tiempo mínimos de descanso.
  • La vigilancia de las normas laborales cuando el Convenio Colectivo ha sido anulado por la jurisdicción social, así como respecto del cumplimiento de la normativa reguladora del trabajo a distancia y del teletrabajo.
  • La reorientación de las campañas actuales dirigidas a convertir los contratos temporales en indefinidos.
  • El aseguramiento de que los dere­chos sindicales, el derecho de huelga y los derechos de información y consulta de los comités de empresa, delegados de personal y representaciones sindicales en ningún momento se vulneren.
  • Dar una mejor respuesta a las denuncias de irregularidades en el sector del trabajo doméstico.
  •  Aquellos supuestos en los que existan indicios de fraude por tratarse de autóno­mos que trabajan de forma exclusiva para un empresario tendrán la consideración de actuaciones inspectoras prioritarias.
  • La realización de actuaciones encaminadas a analizar si una beca o práctica no laboral encubre la realización de una prestación de trabajo que reúna las características de relación laboral.
  • Garantizar los derechos laborales y el correcto encuadramiento en Segu­ridad Social de las personas trabajadoras de las empresas que gestionan plataformas digitales en cualquier tipo de actividad.

Conseguir la seguridad y salud de los trabajadores, asegurando que se cumpla la normativa en materia de prevención de riesgos laborales:

  • Intensificando la vigilancia sobre las condiciones materiales de trabajo en sectores y empresas que presentan una mayor incidencia de accidentes de trabajo y una mayor gravedad de estos.
  • Efectuando actuaciones sobre todas las materias competencia de la ITSS (laboral, empleo, Seguridad Social, seguridad y salud) en sectores de actividad afectados por condiciones de trabajo más precarias.
  • Aprobando un Criterio Técnico sobre Riesgos Psicosociales, así como un nuevo modelo de investigación de enfermedades profesionales.
  • Estudiando medidas para disminuir la calificación indebida de los accidentes de trabajo, así como, a través de la adecuación de los recursos hu­manos y materiales de las organizaciones preventivas de las empresas.

Efectuar campañas contra el trabajo no declarado y sin afiliación o alta en el Régimen de Seguridad Social, así como acciones sobre trata de seres humanos y trabajo forzoso:

  • Impartiendo acciones formativas al personal inspector y subinspector sobre delitos de explotación laboral y trata de seres humanos, creando para ello una red de expertos en estas materias dentro del Organismo Estatal ITSS.

Luchar contra el fraude transnacional:

  • Realizando actuaciones no solo para atajar desplazamientos ficticios a otros países, evitando cumplir las obligaciones de Seguridad Social en España a través de “empresas buzón”.
  • Colaborando con otros países de la UE que se vean afectados por desplazamientos ficticios a España, así como a través de campañas sobre fraude en el trabajo transnacional.
  • Mejorando la cooperación interinstitucional en las actuaciones en materia de fraude transnacional y la aprobación de un criterio técnico sobre desplazamientos transnacionales.

Garantizar la igualdad y no discriminación por razón de género:

  • Planificando las actuaciones inspectoras, así como actuaciones con perspectiva de género.
  • Colaborando con las administraciones competentes en materia de igualdad.
  • Formando y sensibilizando al personal de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social con funciones inspectoras.
  • Avanzando en las actuaciones destinadas a la igualdad por razón de género en colectivos especialmente vul­nerables, prestando especial atención a los casos de discriminaciones múltiples.

Lograr la igualdad y no discriminación por otros motivos:

  • Intensificando la colaboración con las Direcciones Generales para la Igualdad de Trato y la de Diversidad Étnico Racial y la de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI del Ministerio de Igualdad.
  • Avanzando en las actuaciones en relación con el colectivo LGTBI, en colaboración con la Dirección General de Diversidad Sexual y Derechos LGTBI del Ministerio de Igualdad.
  • Reorientando la estrategia desarrollada hasta ahora, centrada casi exclusivamente en el control del cum­plimiento de la reserva de empleo.

Luchar contra el fraude a la Seguridad Social y la cotización indebida de salarios:

  • Reforzando el control de las empresas que cotizan a Seguridad Social por salario inferior al debido: contra el fraude en el disfrute de prestaciones públicas de Seguridad Social, incluido el fraude en la utilización de los expedientes de suspensión y reducción de jornada, en relación con la exonera­ción indebida de cuotas de la Seguridad Social, así como contra el fraude en las ayudas públicas en materia de empleo y de formación para el empleo.
  • Realizando ayudas a la formación para el empleo, así como ayudas al empleo propias de las Comunidades Autónomas.

Efectuar actuaciones en materia de Salud Pública en los centros de trabajo durante la pandemia de la COVID-19:

  • Controlando para ello, las normas para la prevención del contagio de la COVID-19.

Reforzar el papel de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la prevención de conflictos entre las empresas y las personas trabajadoras:

  • Tomando en consideración diversos instrumentos para reforzar las funciones de asistencia técnica, conciliación, mediación y arbitraje atribuidas a la ITSS, en la contratación temporal.
  • Adoptando para ello una estrategia de actuación ante la contratación temporal fraudulenta, en materia de salarios, en las modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo individuales o colectivas (en las que, en su periodo de consulta, no intervengan sindicatos u órganos unitarios de representación de las personas trabajadoras) más lesivas para las personas trabajadoras, ante los comportamientos infractores de la normativa en materia de tiempo de trabajo, así como en materia de Convenios Colectivos.

Efectuar modificaciones normativas con el objetivo de reforzar el papel del informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en los procedimientos de despido colectivo y de suspensión y reducción de la jornada de trabajo a través de:

  • Una vigilancia especial que tenga como objetivo proteger a las personas trabajadoras frente a in­cumplimientos formales (negociación) y de fondo (limites normativos), una revisión de toda la normativa de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • La modificación de la Ley Ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para adaptarla a las actuaciones en un entorno digital, efectuar una revisión del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social.
  • La creación de un nuevo Reglamento general sobre actuaciones y procedimientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Llevar a cabo una revisión de toda la normativa de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social mediante:

  • La modificación de la Ley Ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para adaptarla a las actuaciones en un entorno digital.
  • Llevar a cabo una revisión del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el orden Social.
  • La creación de un nuevo Reglamento general sobre actuaciones y procedimientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Estos serán los principales objetivos en donde pondrá el foco la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y, por ende, a fin de ser precavidos, es importante que el empresario sea conocedor de tales medidas y se ponga una especial atención en su contenido, todo ello con el objetivo de evitar cualquier posible contingencia que pudiera derivar en sanción atendiendo para ello a lo dispuesto en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.

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